Pesión alimenticia
Pensión de alimentos y compensatoria tras divorcio o separación
Una vez decidido el tipo de guarda y custodia, los progenitores que no la ostenten deberán realizar unos pagos periódicos dedicados a la pensión de los hijos. Estos pagos varían mucho según nuestro equipo de abogados divorcio Bilbao, y por ello es recomendable un equipo de abogados con mucha experiencia en divorcios y separaciones.
La pensión alimenticia es una asignación económica de carácter mensual que debe ser pagada de forma directa por parte de progenitor no custodio al custodio. Esta pensión será más fácil de llevar a cabo, siempre que haya un acuerdo entre las partes implicadas. Si se lleva a un acuerdo, se evitarán litigios en lo que habrá que demostrar las capacidades económicas de los cónyuges, la residencia etc.
En caso de no exista un acuerdo, el juez será quien tomé la decisión final. Este fallo se basará no solo en factores económicos, sino que tendrá en cuenta otros factores. Esta decisión será de obligatorio cumplimiento por parte de los cónyuges.
La pensión de alimentos corresponde al titular de la patria potestad del menor/hijo/incapaz.
La pensión compensatoria corre a cargo de uno de los cónyuges a causa de algún tipo de desequilibrio.